Ferman Joyeros S.L. (Joyerías Adeley) con CIF B38711511 es una compañía fundada en 2002 y se dedica al sector de la joyería y la relojería.
Se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife en la Hoja TF-303764, folio 13 del Tomo 2419 , inscripción 1ª.
Su domicilio social se encuentra en Crta Gral Del Sur 134, 38620 San Miguel de Abona, provincia de Santa Cruz de Tenerife.
Organizativa
Ferman Joyeros S.L., se dedica como actividad principal al Comercio al por menos de artículos de relojería y joyería.
CNAE 4777 Comercio al por menor de artículos de relojería y joyería en establecimientos especializados
Se encuentra englobada en el Convenio Colectivo del Comercio del Metal de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife
Se detalla el organigrama organizativo de la misma
Económico-financiera
Ferman Joyeros S.L. cumple con su obligación legal de depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife,
pudiendo ser solicitadas en dicho registro.
(Enlace para la solicitud: https://www.e-registros.es/deposito-de-cuentas)
o mediante en enlace Cuentas Anuales
La entidad no realiza auditoría de cuentas y de fiscalización por los órganos de control externo ya que no reúne ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo
263 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital:
“Artículo 263. Auditor de cuentas.
1. Las cuentas anuales y, en su caso, el informe de gestión deberá ser revisados por auditor de cuentas.
2. Se exceptúa de esta obligación a las sociedades que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las
circunstancias siguientes:
a) Que el total de las partidas del activo no supere los dos millones ochocientos cincuenta mil euros.
b) Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los cinco millones setecientos mil euros.
c) Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a cincuenta.
Las sociedades perderán esta facultad si dejan de reunir, durante dos ejercicios consecutivos, dos de las circunstancias a que se refiere el párrafo anterior.
3. En el primer ejercicio social desde su constitución, transformación o fusión, las sociedades quedan exceptuadas de la obligación de auditarse si reúnen, al cierre de
dicho ejercicio, al menos dos de las tres circunstancias expresadas en el apartado anterior.”
Contratos y convenios
Contratos y convenios formalizados con entidades públicas
No se ha suscrito ningún contrato ni convenio con las entidades públicas durante el ejercicio 2021.
Relación de ayudas y subvenciones concedidas
*Línea 2.2 COVID de ayudas directas a personas autónomas y empresas prevista en el título I del Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, financiadas por el Gobierno de
España
Subvencionado por: Gobierno de Canarias
Importe concedido: 97.669,39€
Colectivo beneficiario: Personas autónomas (empresarias o profesionales), empresas y grupos de empresas cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la
Administración en el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) y, en su caso, en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), en 2020 haya caído más de un 30% con respecto
a 2019.
Objetivo: Subvención destinada a paliar los daños por la situación de COVID-19.
Finalidad: Realizar pagos pendientes a proveedores y otros acreedores que estén pendientes a fecha 15/06/2021; satisfacer otras deudas financieras o no financieras
pendientes a fecha 15/06/2021: incluidas deudas bancarias y las que haya contraído la empresa con socios, administradores o cualquier tercero acreedor no financiero;
cubrir las pérdidas acumuladas entre el 01/03/2020 y el 31/05/2021, puesto que de acuerdo con el marco Europeo de ayudas COVID denominados “costes fijos no cubiertos”
coinciden, en todo caso, con las pérdidas acumuladas en el periodo subvencionable.